VALIDEZ ACADÉMICA E INTERNACIONAL
(Fuente: Consejo Superior de Deportes)
Las enseñanzas de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior (en adelante TD y TDS) en una modalidad o especialidad deportiva, están reguladas en el correspondiente Real Decreto y pueden impartirse en centros públicos y/o privados autorizados por los órganos competentes en materia educativa de las Comunidades Autónomas.
Por lo que se refiere al valor académico y profesional de los títulos de TD o TDS en el territorio nacional, cabe señalar que los citados títulos son oficiales, por tanto cualquier Federación Española o Autonómica tiene la obligación de aceptarlos cuando se impongan condiciones de titulación para el desarrollo de actividades de carácter técnico en Clubes que participen en competiciones oficiales dentro del territorio nacional, según dispone el artículo 55.4 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
AUTORIZADOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
AUTORIZADOS POR LAS CONSEJERÍAS DE EDUCACIÓN DE CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VALIDEZ INTERNACIONAL TÍTULO TÉCNICO DEPORTIVO EN FÚTBOL
Documentos con destino a países firmantes del Convenio de La Haya. El trámite consta de dos pasos:
Paso 1. Reconocimiento de las firmas de las autoridades educativas competentes que expiden el documento (Comunidad Autónoma o Ministerio de Educación, Cultura y Deporte):
- Cuando el título se haya expedido en una Comunidad Autónoma, será la propia Comunidad, a través de su Consejería de Educación, quien realice el reconocimiento de firmas.
- Cuando el titulo se haya expedido en las Ciudades de Ceuta y Melilla, será el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Subdirección General de Ordenación Académica, Servicio de Títulos y Convalidación de Estudios Extranjeros no universitarios, Unidad de Legalizaciones 917018355 C/ Los Madrazo, nº 15, 3ª planta 28071 MADRID.
Paso 2. Legalización propiamente dicha (Apostilla de La Haya) en la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Justicia (Oficina Central de Atención al Ciudadano – c/ Bolsa, 8 – 28012 – Madrid. Teléfono 902 007 214). También se podrá solicitar en las Gerencias Territoriales de Justicia o en los Órganos de la Administración de Justicia.
Documentos con destino a países NO firmantes del Convenio de La Haya. El trámite consta de tres pasos:
Paso 1. Reconocimiento de las firmas de las autoridades educativas competentes que expiden ( Comunidad Autónoma o Ministerio de Educación, Cultura y Deporte):
- Cuando el título se haya expedido en una Comunidad Autónoma, será la propia Comunidad, a través de su Consejería de Educación, quien realice el reconocimiento de firmas.
- Cuando el titulo se haya expedido en las Ciudades de Ceuta y Melilla, será el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Subdirección General de Ordenación Académica, Servicio de Títulos y Convalidación de Estudios Extranjeros no universitarios, Unidad de Legalizaciones 917018355 C/ Los Madrazo, nº 15, 3ª planta 28071 MADRID.
Paso 2. Legalización propiamente dicha por la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (C/ Juan de Mena, 4, teléfono 91 379 16 10 y 91 379 17 00). Cita previa a través de: http://www.maec.es/
Paso 3. Reconocimiento de las firmas anteriores por la Representación Diplomática o Consular en España del país donde deba surtir efecto el documento.